Evaluación Médica Clase 2

Edad mínima 17 años para PPL y de 16 años para SPL y BPL

PPL – LICENCIA DE PILOTO PRIVADO

PPL(A) 

Actuar sin remuneración como piloto al mando o copiloto en aviones o TMG que participen en operaciones no comerciales. No obstante lo anterior el titular de la licencia podrá ser remunerado en caso de tener atribuciones de instructor o examinador.

PPL(H) 

Actuar sin remuneración como piloto al mando o copiloto en helicópteros que participen en operaciones no comerciales. No obstante lo anterior el titular de la licencia podrá ser remunerado en caso de tener atribuciones de instructor o examinador.

PPL(As) 

Actuar sin remuneración como piloto al mando o copiloto en dirigibles que participen en operaciones no comerciales. No obstante lo anterior el titular de la licencia podrá ser remunerado en caso de tener atribuciones de instructor o examinador.

RPAS - Con un peso máximo al despegue superior a 25 Kg.

SPL – LICENCIA DE PILOTO DE PLANEADOR

Actuar como piloto al mando en planeadores y motoveleros. Para poder ejercer las atribuciones en un MTG, el titular debe cumplir los requisitos establecidos en FCL135S. El titular con atribuciones de instructor o examinador podrá recibir remuneración.

BPL – LICENCIA DE PILOTO DE GLOBO

Actuar como piloto al mando en globos y dirigibles de aire caliente. El titular con atribuciones de instructor o examinador podrá recibir remuneración.

Medicina de Vuelo | Reconocimientos Aeronáuticos | Dra. Carmen Reguant Pascual

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Dra. Carmen Reguant


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